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Ficha bibliografica
Código: | R-JLBR-397 [Colección Bustamante y Rivero] | Ubicación: | Planta baja estanteria cerrada | Autor Personal: | Colegio de Abogados | Título | La revista del foro : órgano del Colegio de Abogados | Ciudad:
| Lima | Editorial:
| Tip. El Progreso Editorial | Año:
| 1918 | Descripción: | 25 cm. | Notas: | F.I. 11/09/2014 | Notas: | Código UCSP: HR 340 ABR 1918 RF | Palabras Claves: | DERECHO; ;
| Términos Locales: | Derecho; Revista;
| Encabezados Geográficos: | |
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Código: | R-JLBR-397 [Colección Bustamante y Rivero] | 100: | Colegio de Abogados | 245 | La revista del foro : órgano del Colegio de Abogados | 260: | Lima: Tip. El Progreso Editorial: 1918: 300: | 25 cm. | 500: | F.I. 11/09/2014 | 520: | Código UCSP: HR 340 ABR 1918 RF | 650: | DERECHO; | 653 | Derecho; Revista | |
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Colegio de Abogados. La revista del foro : órgano del Colegio de Abogados. -- . --Lima: Tip. El Progreso Editorial: 1918. # Ingreso:1020489 25 cm..
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SUMARIO EDITORIAL.- ¿De que proviene el aumento de la criminalidad? H. Medel Ruiz.- El sepelio del doctor Fernando Elizalde. JURISPRUDENCIA DE TRIBUNALES.- El fiador exonerado de la fianza no queda eximido de las obligaciones provenientes de la garantía.- Las tachas deducidas á la cuenta presentada constituyen la demanda de que hace mérito el artículo 512 del C. de P. C.- No es aplicación lo dispuesto en la segunda parte del artículo 1348 del C. de P. C., cuando se trata de la prueba pericial ofrecida bajo el régimen del código derogado que no había sido actuada en la fecha de promulgación del nuevo código- la multa impuesta para el caso de que el fiador no presente su fiado, excarcelado bajo fianza tiene el carácter de pena y es de aplicación lo dispuesto en la segunda parte del artículo 53 del C. P. Procede sobreseimiento si del sumario resulta que no se ha incurrido en el derecho de abuso de autoridad.- No puede compelerse al acusado a completar los documentos que constituyen el cuerpo del delito, empleándose el apremio de detención.- Procede el sobreseimiento absoluto si del sumario resulta que el acusado procedió en legítima defensa.- Las empresas explotadoras de yacimientos de petróleo deben pagar patente por sus depósitos de venta de estas sustancias.- Procede el abandono de la segunda instancia si la causa está paralizada por falta de notificaciones. COLEGIO DE ABOGADOS – Sesión de junta particular del 9 de enero de 1918.- Sesión de junta particular del 29 de enero de 1918.- Sesión de junta particular de 21 de febrero de 1918.- Sesión de junta particular del 7 de marzo de 1918. |
Número Ingreso |
Código |
Base de Datos |
Ubicación |
Tipo |
# Ej. |
Status |
Devolución |
Reserva | 1020489 | R-JLBR-397 | Colección Bustamante y Rivero | Planta baja estanteria cerrada | Original | 1 | Disponible |
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